¿Quiénes pueden solicitar viviendas?

  • Ingresos mínimos
    • Régimen general: 9.000 €
    • Libres tasadas: 12.000 €
  • Ingresos máximos
    • Régimen general: 5,5 S.M.I.
    • Libres tasadas: 7,5 S.M.I.

Nº de miembros Régimen General Libres tasadas
1 persona 41.066,67 € 56.000,00 €
2 personas 49.280,00 € 67.200,00 €
3 personas 52.800,00 € 72.000,00 €
4 personas 56.000,00 € 76.363,64 €
5 personas 59.612,90 € 81.290,32 €

  • No ser titular de vivienda ni haber transmitido ninguna en los últimos cinco años, salvo las excepciones contempladas en la normativa de vivienda.

El falseamiento de la documentación presentada implicará inmediatamente la exclusión de la solicitud sin perjuicio de las responsabilidades legales que pudieran corresponder.
La lista provisional con las puntuaciones obtenidas será hecha pública en su momento para la presentación de las reclamaciones a que haya lugar.
Durante el periodo de reclamaciones sólo se estimarán las que se refieran a una aplicación incorrecta del baremo, pero no se admitirá documentación nueva que no se haya aportado en el plazo de presentación de solicitudes.
Una misma persona no podrá figurar como solicitante más que una sóla vez. En caso de que figure en más de una solicitud, la de número posterior quedará anulada.