baremo campaña alquiler 2007

Régimen General

1) Necesidad de vivienda (no acumulables entre sí)
a. Ser titular y ocupar una vivienda en propiedad o arrendamiento de superficie inadecuada a la composición familiar conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero.
 
55
b. Ocupar una vivienda con fecha cierta de abandono, por causas no imputables al solicitante y distintas de la finalización del plazo máximo legal del contrato de arrendamiento o de las prórrogas que dependan del arrendatario. Deberá acreditarse la ocupación de la vivienda durante, al menos, los tres años anteriores a la fecha de la solicitud de la nueva vivienda.
 
45
c. Ser titular o arrendatario y ocupar durante al menos los tres años anteriores a la fecha de la solicitud, una vivienda a la que sea preciso acceder mediante escaleras y carezca de ascensor, cuando en la unidad familiar del solicitante exista una o más personas con minusvalía motriz de grado igual o superior al 40%.
 
35
d. Venir ocupando ininterrumpidamente una vivienda en propiedad o en arrendamiento sin condiciones de habitabilidad.
 
25
e. No ser propietario de vivienda ni haberlo sido en los últimos 5 años:
e.1 Siendo titular de un contrato de arrendamiento con deducción en la declaración de la renta.
 
20
e.2 Conviviendo en el domicilio de otros familiares.
 
15
e.3 Ocupar una vivienda cedida.
 
10
f. Ser propietario, único o en copropiedad, de vivienda, teniendo impedido legalmente su uso por la existencia de un derecho de uso o usufructo vitalicio o temporal, con una duración superior a dos años.
 
5
2) Circunstancias personales y familiares.
a. Número de personas que forman la unidad familiar del solicitante. Por cada una;
 
5
b. Disminuidos físicos o psíquicos de la unidad familiar del solicitante y distintos de él.
 
5
c. Solicitantes que sean mayores de 65 años o menores de 35.
 
10
d. Ascendientes hasta el primer grado, directos o por afinidad, que convivan con el solicitante y con derecho a deducción en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
 
7
e. Solicitantes con la condición legal de minusválido. Podrán establecerse tramos según los porcentajes de discapacidad o minusvalía.
e.1 >33% y < 65%.
 
6
e.2 > o = 65%.
 
7
3)Ingresos Familiares
a. Hasta 2 veces el IPREM.
 
5
b. Entre 2 vez y 2,5 veces el IPREM.
 
10
b. Más de 2,5 veces el IPREM.
 
6
4)SUPLEMENTO DE VALORACIÓN EN EL CASO DE LAS VIVIENDAS RESERVADAS A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO: hasta 10 puntos, que pueden incrementar los de los apartados anteriores en esa reserva.
a. Haber residido en casas, o pisos o alojamientos análogos de acogida al menos los seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de entrega de las solicitudes.
 
10
b. Tener uno o más hijos a su cargo.
 
5
Los requisitos de las letras a) y b) anteriores se acreditarán conforme a lo establecido en el número 5 del artículo 24 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero.

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Régimen especial

1) Necesidad de vivienda (No Acumulables entre sí)
a. Ser titular y ocupar una vivienda en propiedad o arrendamiento con deficientes condiciones de habitabilidad, cuya reparación o mejora sanitaria no sea técnica, urbanística o económicamente viable o no adecuada para alguno de los miembros de la unidad familiar que por minusvalía física acreditada se encuentre imposibilitado para utilizar escaleras, siempre que la vivienda no disponga de ascensor y la altura sea igual o superior a la primera planta elevada.

(A este único efecto por unidad familiar se entenderá el solicitante y los miembros de la familia que con él convivan y dependan de él)

 
30
b. Ser titular y ocupar una vivienda en propiedad o arrendamiento de superficie inadecuada a la composición familiar, tal y como establece el artículo 20 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de Enero por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda.
 
29
c. Ocupar una vivienda con fecha cierta de abandono, por causas de fuerza mayor no imputables al titular
 
28
d. Ser titular y ocupar una vivienda en alquiler o cedida con una antigüedad igual o superior a 1 año antes de la fecha de la convocatoria
 
27
e. Convivir en vivienda de familiares o de otros cabezas de familia.
 
26
2) Circunstancias personales o familiares. (Acumulables entre sí)
a. Por cada hijo conviviente con el cabeza de familia solicitante y con derecho a deducción en la Declaración de la Renta (con un máximo de 10 puntos).
 
3
b. Existencia de disminuidos físicos o psíquicos convivientes.
 
3
c. Solicitantes pensionistas o jubilados mayores de 65 años.
 
2
d. Ascendientes de primer grado en línea directa convivientes que den derecho a deducción en la Declaración de la Renta.
 
2
e. Condición legal de minusválido del solicitante.
 
1
f. Por desgravación cuenta vivienda en la declaración de la renta.
 
1
3) Renta familiar
a. Hasta 1 vez el IPREM.
 
10
b. Entre 1 vez y 1,4 veces el IPREM.
 
9
c. Entre 1,4 veces y 1,7 veces el IPREM.
 
8
d. Entre 1,7 veces y 2,5 veces el IPREM.
 
7
4) Otros
a. Solicitantes con residencia actual confirmada en Pamplona ininterrumpida inmediatamente anteriores a 1 de Enero de 2.000.
 
15
b. Convivir en vivienda de familiares o de otros cabezas de familia o ser titular y ocupar una vivienda en alquiler o cedida con una antigüedad igual o superior a 1 año antes de la convocatoria.
 
8

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