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distribución de las viviendas
- Las viviendas se distribuirán conforme a las reservas y tramos de renta establecidos en la Ley Foral 8/2004, de 24 de Junio de protección
pública a la vivienda en Navarra y al Decreto Foral 4/2006 de 9 de Enero.
procedimiento de adjudicación:
- Las viviendas se adjudicarán por orden de puntuación y teniendo en cuenta que la vivienda debe resultar adecuada a la composición de la unidad familiar conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Foral 4/2006.
- En caso de empate se resolverá conforme al criterio de favorecer a los solicitantes con menores ingresos familiares ponderados.
- Sólo se realizará una adjudicación por solicitante siendo ofrecidas las viviendas que queden vacantes a la lista de espera.
- En caso de resultar adjudicatario, debe presentar:
- Un aval por tres mensualidades de renta.
- Justificante de haber depositado una fianza equivalente a una mensualidad.
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