1) NECESIDAD DE VIVIENDA (No acumulables entre sí)
Máximo de puntos que se pueden obtener: hasta 55 puntos. Los puntos de los distintos apartados del concepto de necesidad de vivienda no son acumulables. Cada solicitud sólo podrá obtener puntos por el apartado en el que corresponda mayor puntuación. |
| a. Ser titular y ocupar una vivienda en propiedad o arrendamiento de superficie inadecuada a la composición familiar conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero.
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55 |
| b. Ocupar una vivienda con fecha cierta de abandono, por causas no imputables al solicitante y distintas de la finalización del plazo máximo legal del contrato de arrendamiento o de las prórrogas que dependan del arrendatario. Deberá acreditarse la ocupación de la vivienda durante, al menos, los tres años anteriores a la fecha de la solicitud de la nueva vivienda.
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53 |
| c. Ser titular o arrendatario y ocupar durante al menos los tres años anteriores a la fecha de la solicitud, una vivienda a la que sea preciso acceder mediante escaleras y carezca de ascensor, cuando en la unidad familiar del solicitante exista una o más personas com minusvalía motriz de grado igual o superior al 40%.
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51 |
| d. Venir ocupando ininterrumpidamente una vivienda en propiedad o en arrendamiento sin condiciones de habitabilidad, con fecha 14 de octubre de 1.988 o fecha anterior.
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49 |
| e. No ser propietario de vivienda ni haberlo sido en los últimos 5 años: |
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e.1 Siendo titular de un contrato de arrendamiento de vivienda:
Con deducción en la Declaración de la Renta
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47 |
Sin deducción en la Declaración de la Renta
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45 |
| e.2 Conviviendo en el domicilio de otras unidades familiares.
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43 |
| e.3 Ocupar un alojamiento cedido.
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35 |
| f. Ser propietario, único o en copropiedad, de vivienda, teniendo impedido legalmente su uso por la existencia de un derecho de uso o usufructo vitalicio o temporal, con una duración superior a dos años.
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30 |
| g. Ser titular de, y ocupar efectivamente, una vivienda en propiedad o arrendamiento sin condiciones de habitabilidad con posterioridad al 14 de octubre de 1.988, y durante al menos los tres años anteriores a la fecha de la solicitud de la nueva vivienda.
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25 |
2) CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES
Máximo de puntos que se pueden obtener: hasta 75 puntos. |
| a. Número de personas que forman la unidad familiar del solicitante. Por cada una:
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10 |
| b. Uno o más disminuidos físicos o psíquicos, con una minusvalía igual o superior al 33%, de la unidad familiar del solicitante y distintos de él..
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5 |
| c. Uno o más solicitantes que sean mayores de 65 años o menores de 35.
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5 |
| d. Uno o más ascendientes hasta el primer grado, directos o por afinidad, que convivan con el solicitante y con derecho a deducción en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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7 |
e. Uno o más solicitantes con la condición legal de minusválido. Podrán establecerse tramos según los porcentajes de discapacidad o minusvalía.
e.1. >33% y <65%
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6 |
| e.2. > o =65%.
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7 |
3) INGRESOS FAMILIARES PONDERADOS
Máximo de puntos que se pueden obtener: hasta 15 puntos. |
| a. Desde 3.000€ hasta 1 vez el IPREM.
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5 |
| b. Entre 1 vez y 1,4 veces el IPREM.
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15 |
| c. Más de 1,4 veces el IPREM.
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10 |
| 4) OTROS CONCEPTOS VALORABLES |
| a. Empadronamiento ininterrumpido en Navarra con más de 7 años de antiguedad.
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10 |
| b. Empadronamiento ininterrumpido en Navarra con más de 4 años de antigüedad y hasta 7 años de antigüedad.
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5 |
| 5) SUPLEMENTO DE VALORACIÓN EN EL CASO DE LAS VIVIENDAS RESERVADAS A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO: hasta 10 puntos, que pueden incrementar los de los apartados anteriores en esa reserva. |
| a. Haber residido en casas, o pisos
o alojamientos analógos de acogida al menos los seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de entrega de las solicitudes.
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10 |
| b. Tener uno o más hijos a su cargo.
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5 |
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| Los requisitos de las letras a) y b) anteriores se acreditarán, conforme a lo establecido en el número 5 del artículo 24 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero
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Existen viviendas reservadas a personas minusválidas con discapacidad motriz grave, otras personas minusválidas con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%, personas víctimas de violencia de género y familias numerosas.