distribución de las viviendas
- Las viviendas se distribuirán conforme a las reservas establecidas en la Ley Foral 8/2004, de 24 de Junio de protección
pública a la vivienda en Navarra y al Decreto Foral 4/2006 de 9 de Enero.
procedimiento de adjudicación:
- Las viviendas se adjudicarán por orden de puntuación y teniendo en cuenta que la vivienda debe resultar adecuada a la composición de la unidad familiar conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Foral 4/2006.
- En caso de empate se resolverá conforme al criterio de favorecer a los solicitantes con menores ingresos familiares ponderados.
- Sólo se realizará una adjudicación por solicitante siendo ofrecidas las viviendas que queden vacantes a la lista de espera.
La adjudicación definitiva se realizará una vez que el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio vise el correspondiente contrato de compra, reconociendo administrativamente tanto el cumplimiento de las condiciones legales exigidas para acceder a la vivienda protegida adjudicada, como la correcta aplicación del baremo. |